Ley 21275 Seguridad nacional – Suspensión del ejercicio del derecho a salir del país. -Leyes y decretos de la dictadura-
Ley 21275
Seguridad nacional – Suspensión del ejercicio del derecho a salir del
país previsto en el artículo 23 de la Constitución
Nacional.
Considerando:
Que constituye una primordial responsabilidad de gobierno consolidar la paz
interior y preservar los permanentes intereses de la República.
Que el
estado de sitio implica la suspensión de las garantías constitucionales con la
vitalidad de proteger tan vitales objetivos de la Nación.
Que la
suspensión del ejercicio del derecho de opción para salir del país, que
confiere el artículo 23 de la Constitución
Nacional, se ha estatuido en salvaguarda de los intereses
esenciales del Estado.
Art. 1º-
Quedan automáticamente sin efecto todas las solicitudes de opción para salir
del país que se hayan presentado durante la vigencia de ese derecho, cualquiera
sea la etapa en que se encuentre su tramitación.